12 mayo, 2022, Por: Salvador Anta
El pasado 11 de abril de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS). Dichas reformas son resultado de un largo proceso de análisis, negociación y generación de propuestas de organizaciones de la sociedad civil y de comunidades forestales, como la Unión de Comunidades de la Sierra Juárez (UCOSIJ), la Red Mexicana de Organizaciones Forestales y diversas organizaciones de Campeche, Durango y Estado de México, entre otras.
Esas reformas dan seguimiento al proceso de discusión y movilización que esas organizaciones llevaron a cabo en contra de una propuesta regresiva de reforma que promovieron la Comisión Nacional Forestal y el Partido Verde en 2018, misma que estaba orientada a debilitar las funciones del Consejo Nacional Forestal (Conaf), órgano de consulta de las instituciones gubernamentales federales en materia forestal; las funciones y estructura de los Consejo Estatales Forestales, espacios de consulta en las entidades federativas del sector forestal, y a eliminar el Consejo Mixto del Fondo Forestal Mexicano, con la intención de que la Conafor pudiera manejar discrecionalmente los recursos de este Fondo.
Gracias a la movilización de las comunidades forestales y de la sociedad civil esta propuesta de ley se detuvo e incluso se incorporaron algunas mejoras importantes, como el reconocimiento al manejo forestal comunitario y un capítulo sobre derechos y salvaguardas que representan defensas precautorias de los derechos de la población, de los propietarios y poseedores legales de los recursos forestales frente a los escenarios de riesgo derivados de acciones del Estado o de los particulares.
Sin embargo, dadas las prisas por buscar la aprobación de las reformas a la LGFDS en 2018 por parte del Congreso, se promulgó una ley con graves errores relacionados con las competencias y atribuciones de la Conafor y la Semarnat, que generaron confusiones para los usuarios de los servicios de estas instituciones, ya que no era claro para comunidades, ejidos y pequeños propietarios con qué institución tenían que tramitar algunas solicitudes.
Por ello en 2019, a través de ejercicios participativos, diversas organizaciones civiles y comunidades forestales identificaron un conjunto de aspectos no incluidos en la ley aprobada de 2018 que se deberían incluir en una nueva LGDFS, además de establecer con claridad las competencias de las dependencias relacionadas con el sector.
Los aspectos identificados en talleres participativos fueron: i) dejar claramente establecidas y deslindadas las atribuciones de Conafor y Semarnat en la ley; ii) incluir el manejo de acahuales; iii) precisar las funciones y competencias del Sistema Nacional de Gestión Forestal y el Registro Nacional Forestal; iv) evitar la deforestación de los bosques situados alrededor de las ciudades por el crecimiento de desarrollos inmobiliarios, y v) agilizar las autorizaciones de sanidad forestal a través de la positiva ficta.
Esta agenda, construida por organizaciones civiles y comunidades forestales, fue llevada a las autoridades de la Conafor y la Semarnat en 2019, quienes manifestaron su acuerdo y propusieron revisar esta propuesta en el Conaf. Así, en una de las sesiones del Conaf en 2019, se acordó realizar una consulta en el país para promover nuevas reformas en la Ley Forestal.
El Conaf realizó 20 sesiones en el mismo número de entidades federativas, a través de los Consejos Estatales Forestales y generó una agenda más amplia sobre las reformas que se deberían realizar en la LGDFS.
Las propuestas de reformas a la LGDFS que surgieron desde el CONAF fueron revisadas por la Conafor y la Semarnat y posteriormente enviadas a la Cámara de Diputados, que el 20 de noviembre de 2020 las aprobó con 450 votos a favor.
Esta reforma se quedó detenida dos años en el Senado, que finalmente la aprobó el pasado 11 de abril.
Las reformas incluyen varios artículos y modificaciones propuestas por las organizaciones forestales y civiles, entre ellas:
Estos cambios buscan regularizar el manejo de la vegetación secundaria, pues en el marco legal anterior no se tenía una clara definición de los acahuales como terrenos forestales, preferentemente forestales o agrícolas, lo que impedía a sus propietarios hacer el aprovechamiento y comercialización de los productos que se extraen de este tipo de vegetación.
La precisión de los Sistemas de Información y Gestión Forestal también es un importante avance ya que queda establecido con claridad, que el primero es un sistema para registrar la información del sector forestal, y el segundo es aquel que permite la evaluación, control, sistematización y seguimiento de los actos administrativos de la actividad forestal que realizan las instancias gubernamentales.
Los próximos retos son reformar el reglamento a la LGDFS y que las entidades federativas modifiquen sus marcos legales para ajustar sus funciones y hacer compatible la legislación federal con la estatal.