Aprueba el Senado una ley forestal de avanzada.


17 abril, 2018, Por:

Aprueba el Senado una ley forestal de avanzada.

Después de un año y medio de debates y análisis, en el que participaron organizaciones civiles y académicos, conjuntamente con funcionarios de la Comisión Nacional Forestal y representantes de las comisiones de medio ambiente tanto de la cámara de Diputados como de la de Senadores, además de una participación destacada de varios Senadores de diversos partidos, este martes 17 de abril, el pleno del Senado aprobó la nueva Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

El Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible celebra que en la nueva ley se hayan incluido puntos tan importantes como un Programa de manejo forestal comunitario como un instrumento de política, así como una obligación de fomento por parte del estado mexicano. Este tema es muy importante porque la mayor parte de los bosques y selvas mexicanos pertenecen a comunidades indígenas, ejidos y comunidades agrarias, y la mejor estrategia para promover la conservación de los bosques y el bienestar de sus comunidades es a través de un manejo sustentable de sus recursos por parte de las comunidades. Por el mismo motivo es muy importante que se haya establecido en la nueva ley las provisiones para el desarrollo de todo un sistema de salvaguardas sociales y ambientales que en la ley anterior estaba restringido sólo a servicios ambientales. Este sistema, que aún hay que detallar en el reglamento, permitirá establecer las bases para instrumentar el derecho a la Consulta Indígena, que hasta la fecha ha carecido de un marco legal y un protocolo efectivo que garantice su legitimidad y representatividad.

Durante estos meses, diversas organizaciones comunitarias y de productores, así como de  la sociedad civil y académicos habían planteado la necesidad de mantener un órgano de participación social fuerte y con atribuciones de vigilancia y supervisión, y esta demanda de las organizaciones fue finalmente atendida por los legisladores, restituyendo al Consejo Nacional Forestal y a los Consejos Estatales sus funciones de vigilancia y supervisión de la política forestal y estableciendo la obligatoriedad por parte del gobierno de consultar a dicho órgano para todos los asuntos de política forestal. El Consejo Nacional Forestal se constituye así como un consejo de participación social de avanzada, con atribuciones obligatorias, vinculantes, y se sientan las bases para que otros sectores cuenten con órganos de participación que permitan la vigilancia y la supervisión de las políticas por parte de la sociedad civil. Algo similar ocurre con el Comité Mixto del Fondo Forestal, al que se logró restituir de las funciones que se habían perdido en la iniciativa aprobada en la Cámara de Diputados. En una siguiente oportunidad habría que dotar a este Comité Mixto de mayor transparencia y representatividad.

Un asunto crucial que había sido señalado por el Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible como un serio riesgo de corrupción, opacidad y conflictos de interés, era la transferencia de atribuciones de los actos de autoridad de la Semarnat a la Conafor. En la minuta que había sido aprobada, la Semarnat perdía la autoridad de emitir y revocar permisos de aprovechamiento forestal, y se le transfería dicha autoridad a la Conafor. Señalamos en su momento que se perderían los necesarios pesos y contrapesos entre las funciones de autorización y de fomento, y por otro lado señalamos que con este nuevo recorte a la institución ambiental se reforzaba la política de desmantelamiento de la Semarnat como cabeza del sector forestal, como antes ocurrió con la pesca. Es conocido que la Semarnat ha jugado un papel inhibitorio en el fomento al manejo forestal, y eso debe ser corregido, pero no quitándole sus funciones y otorgándoselas a una Comisión que dudosamente tendría la capacidad de mejorar esa situación y manejar de manera eficiente dichas autorizaciones, y con el grave riesgo de consolidar prácticas obscuras y abrir espacios a la corrupción y el conflicto de interés. La ley aprobada recupera las funciones de la Semarnat y desecha la intención de transferirlas a la Conafor. Es necesario y urgente fortalecer las capacidades de la Semarnat para dejar de ser un cuello de botella en las autorizaciones y actos de autoridad, pero el haberlas transferido a la Conafor habría sido un error de graves consecuencias.

Muchos otros temas propuestos en el seno del Consejo Nacional Forestal por las organizaciones y académicos, incluyendo al Colegio de Ingenieros Forestales, a la Red Mocaf, a Reforestamos México, al Centro Mexicano de Derecho Ambiental, al CCMSS, fueron incluidos en la nueva ley. Se logró un gran énfasis en los derechos de las comunidades indígenas y en los derechos comunitarios y ejidales, un abordaje profundo de la participación de mujeres y jóvenes en las actividades forestales, una mejor regulación, más ágil y eficiente, un enfoque ecosistémico integrado, un mayor fomento y apertura a la asistencia forestal, y varios temas de avanzada, tales como un enfoque de manejo integrado de los agentes disruptivos, como el fuego y las plagas.

Reconocemos la apertura tanto de la Comisión Nacional Forestal como de los legisladores y los equipos técnicos de las comisiones para alcanzar esta nueva ley, y particularmente resaltamos y agradecemos el papel que jugó la Senadora Silvia Garza, presidenta de la Comisión de Cambio Climático, a lo largo de todo el proceso, y particularmente la brillante defensa que hizo durante la sesión de aprobación de la ley en el Senado. Gracias a ella se logró obtener un cien por ciento de votos a favor del manejo forestal comunitario y de las demás propuestas de las organizaciones de la sociedad civil. También reconocemos la apertura de la Comisión de Medio Ambiente del Senado y de su equipo técnico, que tuvieron la sensibilidad y la sensatez de escuchar a las organizaciones e integrar sus demandas.

Resaltamos la importancia de que este tipo de leyes sean consultadas ampliamente, y celebramos que esta ley finalmente siente bases para establecer un marco de leyes reglamentarias que permitan la implementación del Convenio 169 de la OIT en materia de consulta libre, previa e informada.

Finalmente señalamos que si bien hizo falta una consulta más amplia, el proceso de esta ley muestra la importancia, utilidad y viabilidad de la participación de la sociedad, las comunidades y las organizaciones de la sociedad civil en la creación de un marco jurídico más legítimo, sólido y útil para enfrentar los retos y problemas que enfrenta nuestra nación, en particular en el ámbito rural.

Como toda ley, seguramente se abrirán debates y se generarán situaciones imprevistas, y habrá que revisarla y actualizarla, pero consideramos que constituye un avance sin precedentes. El nuevo reto es trabajar en el reglamento de la ley, que permita aterrizarla de manera efectiva.

CCMSS Abril 17, 2018.

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